Este curso está dirigido al personal responsable de las operaciones de mantenimiento higiénico-sanitario de aquellas instalaciones recogidas en el R.D. 487/2022, de 21 de junio, y que pertenezca a una entidad o servicio externo subcontratado o bien, al personal propio de la empresa responsable de la instalación de riesgo: hoteles, residencias, colegios, guarderías, polideportivos, viviendas vacacionales, gimnasios, spas, piscinas públicas, industrias, fontaneros, etc.
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Al finalizar el curso, se celebrará una prueba teórica presencial de 2 horas de duración, cuyo nivel será acorde con el de la formación impartida, y a la que sólo se podrán presentar aquellos participantes que hayan cumplido con los requisitos mínimos de asistencia y participación para la superación del curso expuestos en el siguiente punto de esta guía.
La prueba presencial consistirá en un examen tipo test de 25 preguntas con 4 posibles respuestas, una de las cuales será la correcta (60 minutos de duración), y en prueba práctica, formada por 4 supuestos prácticos (60 minutos de duración). La puntuación de las pruebas será numérica, con una valoración de 0 a 10 puntos. Respecto al tipo test, se valorará cada pregunta con 0,40 puntos si es correcta, cero puntos si no se contesta y restando 0,2 puntos si se contesta erróneamente. La puntuación máxima de cada supuesto práctico será de 2,5. La puntuación final se calculará sobre una nota máxima de 10, y se considerará apto si obtiene un mínimo de 6 puntos.Excepcionalmente, si en algún ejercicio se obtiene puntuación igual o superior a 5, y en el otro ejercicio igual o mayor de 7 puntos, se podrá hacer la media para considera al alumno apto.
El alumnado tendrá derecho a presentarse a una primera convocatoria a examen, una vez se hayan superado todos los requisitos de asistencia y participación detallados en el siguiente apartado. Si dicha prueba no fuera superada, el equipo docente valorará su caso, revisará su examen y su expediente, y si se considera que todo es correcto y dispone de los conocimientos mínimos necesarios para presentarse a una nueva prueba, podrá acceder a una segunda convocatoria a examen, siempre y cuando la normativa de aplicación lo contemple. Esta segunda prueba se podrá realizar en la siguiente edición que se lleve a cabo dentro de la comunidad autónoma donde se hubiera realizado la primera prueba. El alumno/a será informado debidamente.
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